Res.Ex. N° 74 – 11.01.2022 | Los Armadores Industriales deben cumplir con el artículo 63, letra c de la L.G.P.A. y también con el DS N°129 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. De acuerdo a lo anterior, el Servicio establecerá un procedimiento que
Establece Procedimiento de Estimación de Capturas en Naves de la Flota Industrial de Arrastre de Merluza Común, para naves con motores menores a 1000 HP.
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| res.ex_.74-2022.pdf | 205.38kB |