Consulta Cupón Pesca Artesanal

SERNAPESCA

Consultas Cupón Pesca Artesanal

Este cupón de pesca artesanal está dirigido a armadores que registran embarcaciones de hasta 12 metros de eslora, que hayan tenido operación durante el año 2025 y que registren operación en el año 2026 en el mes anterior a la fecha de pago del cupón.

En los siguientes enlaces podrá verificar si cumple con los criterios antes mencionados:

SERNAPESCA

Consulta Cupón Pesca Artesanal

Ingrese el RUT para verificar el cumplimiento de requisitos de operación del armador durante el año 2025.

Preguntas Frecuentes

Podrá consultar en la siguiente ubicación (web).

Para presentar apelación al listado, deberá acompañar la o las copia/s de la declaración de operación del año 2025 debidamente recepcionada por SERNAPESCA. O en su defecto el certificado de operación emitido por SERNAPESCA de embarcaciones menores o iguales a 12 metros de eslora.

No se aceptarán apelaciones sin estos antecedentes.

Podrá consultar en la siguiente ubicación.

Para presentar apelación al listado, deberá acompañar la o las copia/s de la declaración de operación del mes correspondiente debidamente recepcionada por SERNAPESCA. O en su defecto el certificado de operación emitido por SERNAPESCA de embarcaciones menores o iguales a 12 metros de eslora.

No se aceptarán apelaciones sin estos antecedentes.

La condición habilitante es embarcación menor o igual a 12 metros de eslora que hayan operado el año 2025, con operación 2026 en el mes que corresponde. La operación no distingue el tipo de recursos desembarcado ni otra característica excluyente como la capacidad de bodega.

Los armadores que hayan operado en el mes correspondiente podrán verificar el beneficio directamente en la aplicación Bancoestado de la cuenta Rut. Sin perjuicio de lo anterior, se dispondrá una aplicación de consultas por rut en la web institucional.

Los casos especiales o de baja conectividad deberán ser cubiertos de forma extraordinaria por las direcciones zonales en coordinación con SERNAPESCA en la región correspondiente, quienes dispondrán de los listados para consultas realizadas en terreno.

Corresponderá a los directores zonales liderar las comunicaciones sectoriales en este sentido.

La fecha de inicio está programada para el 29 de mayo.

No, el cupón es intransferible.

El cupón sólo aplica a los armadores de las embarcaciones menores o iguales a 12 metros de eslora que hayan operado en 2025 y se encuentren operando en el mes correspondiente. No está contemplado para los tripulantes de dichas embarcaciones.

No. Se considera sólo un cupón por armador, independiente del número de embarcaciones.