Portada / Formulario / Registro Especial de Naves en Licencias Transables de Pesca (LTP) o Permisos Extraordinarios de Pesca (PEP)
El artículo 29 de la Ley, que establece la creación de un Registro que estará a cargo del Servicio, en el cuál deberán inscribirse las naves que se utilicen para hacer efectivos los derechos provenientes de Licencias Transables de Pesca o Permisos Extraordinarios de Pesca.
Los aspectos operativos, dicen relación con los artículos 33, 39, 40 y 40 A de la Ley, así como también el Decreto 97 de 1996.
A. Los titulares, arrendatarios o meros tenedores de LTP o PEP deben inscribir previamente las naves con las que harán efectivos dichos permisos.
B. El titular o su representante legal, podrá solicitar la inscripción o desinscripción de la o las naves en cualquier momento, a partir de la obtención de las respectivas licencias o permisos.
C. Toda embarcación debe tener -previamente- actualizada y vigente la navegabilidad en el Registro Pesquero Artesanal (RPA) al momento de solicitar la inscripción en Registro Especial de Naves en Licencias Transables de Pesca (LTP) o Permisos Extraordinarios de Pesca (PEP).
D. La solicitud puede ser presentada directamente en oficina de Partes de la Dirección Nacional o en oficina regional, o remitir en forma directa al correo electrónico inscripcionesltpopep@sernapesca.cl enviando solicitud (en una sola plana) y antecedentes en formato pdf, imagen o fotografía clara. Al enviarlo por esta vía no se debe enviar a otros correos electrónicos de sernapesca, ni tampoco acudir a oficinas a dejar documentación original.
El registro de naves es público y permitirá conocer en cualquier momento las naves asociadas a cada titular de LTP y su historial de inscripción.
Se comunica que a contar del 1 de marzo de 2018, las modificaciones a inscripciones en Registro Especial de Naves en Licencias Transables de Pesca (LTP) o Permisos Extraordinarios de Pesca (PEP), obedecerán solo en los siguientes casos:
Paralelamente, señalar que en el registro por cada Titular que inscribe una nave o embarcación, para ésta se señalará solo un acto administrativo por titular de origen de la LTP o PEP, por clase y por pesquería.
A la solicitud con los casilleros completos, que no debe faltar señalar el casillero de correo electrónico a los que se enviará la respuesta (que puede indicar uno o más), teléfono, etc, debe anexar lo siguiente: