La autorización para la importación de especies acuáticas vivas permite, a cualquier persona natural, internar a estas especies en cualquier estado de desarrollo, que se encuentren contenidas dentro de la Nómina de especies vivas de importación autorizada (
Res.Ex.N°2662/2021
), o bien aquellas que ingresen bajo la figura de especies de primera importación.
El trámite se puede realizar durante todo el año.
Personas naturales.
No tiene costo.
En el caso de las especies contenidas en la Nómina de especies vivas de importación autorizada (
Res.Ex.N°2662/2021
), el trámite debe realizarse cada vez que se requiera la importación de ejemplares. Para la importación de especies hidrobiológicas vivas de primera importación la autorización se entregará por un periodo y número de ejemplares determinado
Enviar vía correo electrónico, o de forma presencial con 72 hrs previas al arribo de los especímenes, tanto en la oficina del Servicio correspondiente al punto de ingreso de los ejemplares, como la ubicada en el lugar de incubación, mantención o cuarentena de los mismos los documentos indicados en el ítem ¿Qué necesito para hacer el trámite?
1. Haga clic en ”
ir al trámite en línea
“.
2. Una vez en el sitio web de la institución, ingrese su Rut y correo electrónico.
3. Ingrese una “Nueva Solicitud” y rellene el formulario.
4. Como resultado del trámite, habrá solicitado una autorización para importar esspecies acuáticas vivas.