Permite declarar las operaciones de captura artesanal (DA) de recursos hidrobiológicos de embarcaciones artesanales
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El armador artesanal declara las especies extraídas, cantidad, destino, zona de pesca, marco legal, fechas de zarpe y recalada.
El trámite se puede realizar durante todo el año.
Armadores artesanales registrados en el Registro Pesquero Artesanal (RPA) y que cuenten con las autorizaciones correspondientes (inscritas en dicho registro)
No tiene costo.
No tiene vigencia.
¿ Cómo y dónde hago el trámite?
También puede, en casos de fuerza mayor, declarar su operación en formato papel y presentar la declaración en Sernapesca más cercano.
1.- Diríjase a alguna de las
oficinas de Sernapesca
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2.- Explique el motivo de su visita: solicitar declaración de operación de captura artesanal
3.- Como resultado del trámite, habrá realizado la declaración de operación de captura artesanal.