La inscripción en el Registro Pesquero Industrial, que lleva el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, habilita a las naves para operar sobre determinados recursos en un área definida.
Si hubiere participación de capitales extranjeros, acreditar la autorización de la inversión conforme con las disposiciones legales vigentes.
El objeto social debe contemplar expresamente la facultad de realizar actividades pesqueras extractivas
Completar el formulario de solicitud elaborado por el Servicio Nacional de Pesca, con la información requerida.
Identificación del solicitante:
1. En el caso de
personas naturales:
fotocopia de la cédula nacional de identidad.
2. En el caso de
las personas jurídicas:
3. Certificado de matrícula de la nave emitido por la Dirección General de Territorio Marítimo y de Marina Mercante DIRECTEMAR, o del astillero según corresponda (naves en construcción). En caso de tener sobre la nave un derecho distinto de dominio se deberá acreditar un título que tenga una vigencia de a lo menos 6 meses.
4. Las características geométricas de la nave, declarada en el formulario solicitud, deben ser acreditadas con los siguientes documentos que se debe solicitar en la DIRECTEMAR:
5. Adjuntar la resolución emitida por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, que autorice a la nave con sus respectivas pesquerías y zonas de operación.
No tiene costo.
No tiene vigencia
Artículo 41 de la
Ley General de Pesca y Acuicultura
Reúna los antecedentes mencionados en el campo ¿Qué necesito para hacer el trámite?
1. El solicitante deberá presentar la solicitud, en la oficina del Servicio más próxima a su domicilio o envíe los antecedentes por correo electrónico.