Descripción del trámite:
Permite obtener una autorización para operar un centro de acopio o un centro de faenamiento que se encuentre ubicado en terreno privados.
a) Centro de acopio o vivero, es el establecimiento que tiene por objeto la mantención temporal de recursos hidrobiológicos provenientes de centros de cultivo o actividades extractivas autorizados, para su posterior comercialización o transformación.
b) Centro de faenamiento, es el establecimiento que tiene por objeto el sacrificio, desangrado y eventual eviscerado de recursos hidrobiológicos, para su posterior transformación.
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¿A quién está dirigido?
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Personas naturales chilenas, o extranjeros con residencia definitiva en Chile.
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Personas jurídicas, en caso de tener participación de capital extranjero deben contar con la aprobación para la inversión extranjera.
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¿Qué necesito para hacer el trámite?
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Solicitud de Centro Acopio o Faenamiento en terreno privado
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Fotocopia de la cédula de identidad o RUT en caso de personas jurídicas.
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En caso de persona jurídica, documentos que acrediten al representante legal y la sociedad.
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Documentos que acrediten la calidad jurídica del terreno y las aguas.
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Documentos y antecedentes que acrediten el cumplimiento de los requisitos sanitarios y de protección ambiental contemplados en los reglamentos respectivos
Importante
: en caso de ingresar la solicitud incompleta, se devolverá la documentación formalmente al solicitante.
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¿Cuál es el costo del trámite?
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No tiene costo.
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¿Qué vigencia tiene?
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No tiene vigencia.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
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Guía Oficina
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Rellene el
formulario
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Reúna los antecedentes requeridos.
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Diríjase a la oficina de
Sernapesca
de la región donde desea realizar el proyecto de cultivo.
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Explique el motivo de su visita: inscribirse en el registro de centros que no requieren concesión de acuicultura.
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Entregue los antecedentes requeridos.
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Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción.
Importante
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Si la documentación cumple con los requisitos, se enviará a la Dirección Nacional de Sernapesca para su trámite en los departamentos de Fiscalización de la Acuicultura y Jurídico. Posteriormente se emitirá una resolución exenta y se inscribirá en el Registro Nacional de Centros de Acopio y Centros de Faenamiento.
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La solicitud será evaluada dentro de un plazo promedio de 20 días hábiles aproximadamente, y será informado vía oficio si la solicitud fue aceptada o rechazada.