Mediante Decreto Supremo 225 de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, hoy Ministerio de Economía Fomento y Turismo, se estableció una veda extractiva nacional, por un plazo de treinta años, para los reptiles, aves y mamíferos marinos. Posteriormente la ley número 20.293 del año 2008, llamada Ley de Protección de Cetáceos, agregó el artículo 135 bis a la Ley General de Pesca y Acuicultura. En efecto, mediante la referida norma se estableció que “… el que tenga, posea, transporte, desembarque, elabore o efectúe cualquier proceso de transformación, así como comercialice o almacene estas especies vivas o muertas o parte de estas será sancionado con la pena de comiso y presidio menor en su grado medio, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan de conformidad a la ley.”
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