Renuévase la Veda Extractiva, para los recursos hidrobiológicos que se indican, en la bahía de Ancud, región de Los Lagos.
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Renuévase la Veda Extractiva, para los recursos hidrobiológicos que se indican, en la bahía de Ancud, región de Los Lagos.
Autorizase Cesión Artesanal-Industrial, conforme lo dispuesto artículo 55 N, L.G.P.A.
Autorizase Cesión Artesanal-Industrial, conforme lo dispuesto artículo 55 N, L.G.P.A.
Autorizase Cesión Artesanal-Industrial, conforme lo dispuesto artículo 55 N, L.G.P.A.
Renuévase veda extractiva, recurso caracol trofón, en el área marítima de la región de Magallanes, en el período que se indica.
Rectificase Res. Ex. N° 181 de esta Subsecretaría, que autorizó cesión.
Autorizase cesión recurso jurel, organización RAE, conforme a lo dispuesto en el artículo 55 N de L.G.P.A.
Oficializase miembros integrantes titulares y suplentes del Comité de manejo de Raya volantín y Raya Espinosa (41° 28.6-57 L.S.). Declara vacantes cargos que indica y abre período extraordinario.
Modifíquese Res.Ex. N° 2834 de 2022 de esta Subsecretaría, que estableció distribución de la fracción artesanal de la pesquería artesanal Merluza del sur.
Establécese el siguiente procedimiento de acreditación de arte, para la pesquería de raya volantín, de conformidad a lo establecido mediante Res.Ex. 108 de 17.01.2023.
Apruébase el noveno informe de seguimiento del área de manejo correspondiente al sector denominado Río Colún Sector A, Región de Los Ríos.
Apruébase el décimo octavo informe de seguimiento del área de manejo correspondiente al sector denominado Cholguaco, Región de Los Lagos.
Autorizase cesión artesanal-industrial de camarón nailon, langostino amarillo y langostino colorado. Conforme lo dispuesto en el artículo 55 N L.G.P.A.
Autorizase la cesión entre armador RAE individual. Langostino amarillo, región de Coquimbo, a armador artesanal.
Establece procedimiento para la acreditación de arte de la pesquería de la Raya Volantín, de conformidad a lo establecido por la Res.Ex. N° 108 de 17 de enero de 2023 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
Informa valor de patente única pesquera de los artículos 43 y 43 Bis de la Ley General de Pesca y Acuicultura, año 2023.
Deja sin efecto código de comercializadores de recursos hidrobiológicos y sus productos derivados que indica, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 65 de 14 de octubre de 2020, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
Modifica Resolución Exenta N° 291 de 2015, de esta Subsecretaría.
Autoriza a Leonardo Miranda Ávila para realizar pesca de investigación que indica.
Autoriza a Leonardo Miranda Ávila para realizar pesca de investigación que indica.