Autorizó la cesión por parte de Orizón S.A.
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Autorizó la cesión por parte de Orizón S.A.
Acepta renuncia de Pacific blue SpA, a sus permisos extraordinarios de pesca.
Autoriza puntos o puertos de Desembarques de Congrio Dorado para el año 2025.
Informa medidas en relación con el establecimiento cuota anual de captura para el recurso Jurel cuota anual 2025 con ocasión de la realización de la 13° reunión de la convención OROP-PS.
Autoriza cesión industrial-artesanal unidad de pesquería Jurel regiones de Valparaíso a la Araucanía conforme con lo dispuesto en el artículo 55T de la ley General de Pesca y Acuicultura.
Establece procedimiento para la autorización de puntos o puertos de desembarque de recurso hidrobiológicos.
Tarifas para la certificación de desembarques, de conformidad con el artículo 64 E de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Autoriza a Armadores Industriales para capturar cuota de jurel transferida de acuerdo con la regulación de la Organización Regional de Pesca del Pacifico Sur (OROPS-PS).
Autoriza a BLUMAR S.A., para capturar cuota de Jurel Transferida de acuerdo con la regulación de la Organización Regional de Pesca del Pacífico Sur (OROPS-PS).
Autoriza a Orizon S.A., para capturar cuota de Jurel Transferida de acuerdo con la regulación de la Organización Regional de Pesca del Pacífico Sur (OROPS-PS).
Establece uso alternado de caladero entre sectores artesanal e industrial para la pesquería de Merluza Común en la región del Biobío.
Modifica cuota anual de captura del recurso Bacalao de profundidad, 2024.
Aprueba protocolo de manipulación de captura, descarte y pesca incidental de la nave pesquera industrial DON ENZO II de la flota arrastrera demersal de Merluza común menor a 1000 HP de la zona centro sur, del armador Pesquera Nordiomar SpA.
Aprueba protocolo de manipulación de captura, descarte y pesca incidental de la nave pesquera industrial ALF de la flota pelágica de cerco de la zona centro sur, del armador Foodcorp Chile SA.
Informa desembarque totales capturados por el sector industrial, de pesquerías que indica, en un 50 por ciento o menos de las toneladas que representa de la fracción industrial de la cuota global de captura, de conformidad con el artículo 43 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Constata orden de no innovar que indica.
Informa valor patente única pesquera de los artículos 43 y 43 bis de la Ley General de Pesca y Acuicultura, año 2024.
Crea la denominada “Red Sustenta”, constituyéndose como una red de fiscalización para la sustentabilidad de la pesca y la acuicultura.
Crea y formaliza a la red sustenta y sus estructura orgánica.
Aprueba programa de “Pesca responsable recurso jurel” a través de sistema de imágenes en el desembarque.