Descripción del trámite:
La autorización para la importación de especies acuáticas vivas permite, a cualquier persona natural, internar a estas especies en cualquier estado de desarrollo, que se encuentren contenidas dentro de la Nómina de especies vivas de importación autorizada (Res.Ex.N°2294/2025), o bien aquellas que ingresen bajo la figura de especies de primera importación.
El trámite se puede realizar durante todo el año.
- ¿A quién está dirigido?
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Personas naturales.
- ¿Qué necesito para hacer el trámite?
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- Acta de Internación (3 copias en caso del trámite presencial o en línea ingresar al "Portal Operativo")
- Orden de cuarentena
- Factura del exportador
- Certificado sanitario emitido por la Autoridad Competente en el país de origen.
- Certificado CITES (cuando corresponda)
- Guía aérea
- Informe Sernapesca que autoriza la estación de cuarentena (especies de primera importación).
- Autorización otorgada por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), en caso que se requiera importar plantas acuáticas.
- ¿Cuál es el costo del trámite?
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No tiene costo.
- ¿Qué vigencia tiene?
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En el caso de las especies contenidas en la Nómina de especies vivas de importación autorizada (Res.Ex.N°2294/2025), el trámite debe realizarse cada vez que se requiera la importación de ejemplares. Para la importación de especies hidrobiológicas vivas de primera importación la autorización se entregará por un periodo y número de ejemplares determinado
- Marco Legal
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- Ley 18.892, de 1989 de MINECON: Ley General de Pesca y Acuicultura.
- D.S. Nº 72 de 2012, de MINECON: Reglamento de certificación y otros requisitos sanitarios para la importación de especies hidrobiológicas.
- D.S. Nº 730, de 1996, de MINECON: Reglamento de internación de especies de primera importación.
- Resolución Nº 65 de 2003 de Sernapesca, que establece el Programa Sanitario General de Desinfección de Ovas.
- Manual de procedimientos Sección 3: Procedimientos para importar especies vivas (IMP-MP3).
- Fija nómina de especies hidrobiológicas vivas de importación autorizada.
- Actualiza y reemplaza resolución que establece clasificación de enfermedades de alto riesgo.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Enviar vía correo electrónico, o de forma presencial con 72 hrs previas al arribo de los especímenes, tanto en la oficina del Servicio correspondiente al punto de ingreso de los ejemplares, como la ubicada en el lugar de incubación, mantención o cuarentena de los mismos los documentos indicados en el ítem ¿Qué necesito para hacer el trámite?
- Guía Oficina
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- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina de Sernapesca correspondiente al punto de ingreso de los ejemplares importados al país.
- Explique el motivo de su visita: importación de especies hidrobiológicas vivas.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización para importación de especies hidrobiológicas vivas
- Guía Online
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- Haga clic en "Portal Operativo".
- Inicie sesión con su Clave Única y seleccione Ingresar.
- En el portal, seleccione Aplicaciones Transversales.
- Elija la opción Trámites en Línea.
- Seleccione Nuevo Trámite.
- Ingrese al área de Acuicultura.
- Presione en PT-SER00103-00064 - Autorización para importar especies acuáticas vivas.
- Como resultado del trámite, su solicitud habrá sido ingresada en el sistema.