Inscribir naves o arrendamientos o comodatos en el Registro de Permisos Extraordinarios

Descripción del trámite

La inscripción en este registro habilita a las naves para hacer efectivos los derechos provenientes de Licencias Transables de Pesca (LTP) o Permisos Extraordinarios de Pesca (PEP), sea que cuenten o no con autorización de pesca (embarcaciones y naves inscritas en Registro Pesquero Artesanal RPA o Registro Pesquero Industrial RPI), y operar en la unidad de pesquería que corresponda al LTP o PEP otorgado por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura a través de subasta y licitación, como también negocios Traslaticios o no traslaticios de dominio.

Quienes posean estos permisos deben inscribir cada año las naves con las que harán efectivos sus porcentajes de participación. Aquellas naves que cumplan con los requisitos para su permanencia en este registro de un año al siguiente, se mantendrán por derecho.

Además, en este registro previa operación, los titulares correspondientes deben inscribir las naves autorizadas a capturar recurso proveniente de transferencias efectuadas de conformidad con el 9° párrafo de la Medida de Conservación y Ordenamiento, adoptada por la Comisión de la Organización Regional de Pesca del Pacífico Sur (ORPPS).

Trámite anual y por cada una de las resoluciones otorgadas por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

El trámite se encuentra disponible durante todo el año.

¿A quién está dirigido?
Personas naturales o jurídicas titulares de licencias transables de pesca o permisos extraordinarios de pesca.
¿Qué necesito para hacer el trámite?

Para inscripción de embarcaciones o naves:

  • Solicitud de Inscripción y Modificación Registro de Naves en Licencias Transables de Pesca o Permisos Extraordinarios de Pesca, la cual podrá descargar Aquí.
  • Resolución o Certificado, según corresponda, emitido por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.
  • Tener la navegabilidad vigente en Registro Pesquero Artesanal, para embarcaciones inscritas en éste. De no estar vigente, debe realizar el trámite de actualización previo a la solicitud de inscripción en Registro de Naves en LTP-PEP.
  • Naves industriales y embarcaciones menores no inscritas en RPA u otro, adjuntar Certificado de Matrícula y Navegabilidad vigente, Certificado de Matrícula que indique las características técnicas de la nave (DGTM), Certificado de Seguridad emitido por Dirección General Territorio Marítimo (DGTM). Este certificado tiene vigencia por 5 años y anualmente la nave debe pasar revista quedando estampado en dicho documento. Además, anexar certificado de Arqueo si corresponde (mayor o igual a 12 metros eslora).
  • Para inscribir embarcaciones o naves que no son de propiedad del que solicita la inscripción, debe adjuntar copia del contrato de arriendo, de comodato u otro similar (notarial), cuya duración no puede ser inferior a seis meses a partir de la presentación de la solicitud.
  • En caso de Personas Jurídicas: Fotocopia de su Rol Único Tributario, copia autorizada de la escritura de constitución de la sociedad o empresa y copia de la inscripción de la sociedad o empresa solicitante, con certificación de vigencia emitida por el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
  • Si el firmante de la solicitud es distinto al solicitante, debe adjuntar un poder de acreditación de representación legal vigente (notarial) y fotocopia de ambos lados de la cédula de identidad.
  • Las vigencias de documentos notariales de representación no podrán tener una antigüedad mayor a 6 meses desde su emisión hasta la presentación de la solicitud.
¿Cuál es el costo del trámite?
No tiene costo.
¿Qué vigencia tiene?
Mientras tenga vigencia la Licencia Transable de Pesca (LTP) o Permiso Extraordinario de Pesca (PEP), o mientras tenga cuota suficiente de recurso tanto objetivo como sus asociados, o mientras no incumpla algún requisito.
Marco Legal
Art. 26, 29, 39 y 55T de Ley General de Pesca y Acuicultura. Res. Ex. N° 3200/21.11.13 (modificada por Res. Ex. N° 3544/24.12.14, 3281/01.12.15 y 1475/12.05.16), todas de Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. Res. Ex. N° 1550/28.05.14 (modificada por Res. Ex. N° 4702/09.07.15), ambas de Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

Reúna los antecedentes mencionados en el campo ¿Qué necesito para hacer el trámite?

  1. El solicitante deberá presentar la solicitud en la oficina del Servicio más próxima a su domicilio.
Guía Online
  1. Haga clic en "Portal Operativo".
  2. Inicie sesión con su Clave Única y seleccione Ingresar.
  3. En el portal, seleccione Aplicaciones Transversales.
  4. Elija la opción Trámites en Línea.
  5. Seleccione Nuevo Trámite.
  6. Ingrese al área de Pesca Industrial o Pesca Artesanal.
  7. Presione en PT-SER00103-00062 - Inscribir naves o arrendamientos o comodatos en el Registro de Permisos Extraordinarios.
  8. Como resultado del trámite, su solicitud habrá sido ingresada en el sistema.
Guía Oficina
  • Completar solicitud y reunirla junto a los antecedentes requeridos.
  • Diríjase a una oficina de Sernapesca, y señale que desea inscribir una embarcación o nave en el Registro de Naves en LTP o PEP.
  • Entregue la solicitud y los antecedentes requeridos.
  • Como resultado, y de cumplir con los requisitos, la nave o embarcación quedará habilitada.

Importante: Acogida la solicitud, la embarcación o nave se registra en el Registro de Naves en LTP o PEP, quedando habilitada para operar sobre el porcentaje de cuota del adjudicatario. El solicitante será notificado al correo electrónico indicado en la solicitud.